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Constitución y cánones

La Constitución de la Diócesis de Nueva Jersey establece las estructuras básicas para el gobierno de la Diócesis mediante su Convención Diocesana anual. La Constitución establece las reuniones de la Convención, sus funcionarios y reglas básicas, como la admisión de nuevas parroquias, la elección de diputados para la Convención General trienal de la Iglesia Episcopal y la elección de obispos. Las enmiendas a la Constitución requieren la aprobación de dos Convenciones Diocesanas sucesivas, por lo que no se modifica con frecuencia.
 
Los Cánones de la Diócesis de Nueva Jersey desarrollan detalles sobre cómo se reúne la Convención, establece varios comités y otras organizaciones, prevé la financiación de la Diócesis, establece reglas para el gobierno de congregaciones individuales en la Diócesis y reglas para el clero. Los cánones pueden ser enmendados por cualquier Convención Diocesana.
 
Al final del archivo de la Constitución y los Cánones hay varias disposiciones legales de Nueva Jersey que también rigen la organización, el gobierno y los derechos de propiedad de las congregaciones individuales como parte de los estatutos de las corporaciones religiosas de Nueva Jersey.